¿Estos contenedores isotérmicos cumplen con sanidad? ¿los contenedores isotérmicos traen documentación de sanidad? a menudo nos enfrentamos a esta pregunta , consultando con el departamento de inspección de sanidad nos confirman que no existe ninguna documentación especifica que homologue los contenedores en sanidad , es decir que no hay ningún “papel” oficial que tengan que llevar los contenedores respecto de sanidad , que precisamente la labor de ese departamento es comprobar .¿Entonces, que hay que tener en cuenta respecto de los contenedores isotérmicos y sanidad? dos cosas (ambas derivadas del real decreto 3484/2000)
1.Que permitan cumplir con las temperaturas ,que son :
Para alimentos calientes que no bajen de 65ºC
Para alimentos fríos , si se van a consumir en 24 horas que no suban de 8ºC, si se van a consumir en más de 24 horas que no suban de 4ºC .
2.Que sean aptos para contacto alimentario (todos los que vendemos lo son ) , hay que tener en cuenta además que ya en el proceso de fabricación y comercialización los productos ya sufren controles respecto de estas cuestiones .
En alguna ocasión sanidad puede hacer una prueba de análisis de superficie
En definitiva respecto de sanidad hay que preocuparse de :
1.Que los contenedores estén fabricados en un material apto para contacto alimentario .
2.Si disponen de algún estudio de caida térmica mejor, aunque siempre será potestad de la administración comprobarlos , pero los fabricados en EPP van a cumplir , hay que tener en cuenta que se fabrican y comercializan justamente para eso, para que mantengan la temperatura.
3.Que los contenedores estén limpios y en buen estado.