El Real Decreto que recoge el ATP menciona que si se llevan los alimentos siguientes hay que hacerlo a la temperatura mencionada : Mercancías refrigeradas: Leche cruda + 6º C Carnes rojas y caza mayor (exceptuados los despojos rojos) + 7º C Productos cárnicos, leche pasteurizada,productos lácteos frescos (yogures, kefir,nata y queso fresco), comidas precocinadas(carne […]
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